DISPOSITIVO
En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: PROCEDENTE, la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO formulada por la Ciudadana LUZ MARINA GOMEZ DE MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.764.140, debidamente asistida por la abogada FLOR RODRIGUEZ, Inpreabogado N°166.795; contra el ciudadano ALEXIS RAFAEL MARTINEZ OBAÑEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V.-12.568.276.-
Segundo: En consecuencia del particular anterior se DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía, contraído Registro Civil del Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, bajo el Acta Nº 384, Folio N.....