DISPOSITIVO
En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio de Mutuo Consentimiento formulada por los ciudadanos: HEIDI JOSEFINA ANDRADE TRUJILLO Y LUÍS ESTEBAN CUENCA PÉREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.223.341 y V-16.999.430, respectivamente,
SEGUNDO: DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía, el cual fue contraído en fecha 27 de Agosto de 2015 por ante el Registro Civil de la Parroquia Monseñor Feliciano González del Municipio Francisco Linares Alcántara del estado Aragua, acta de matrimonio Nº 052, Folios 52, Tomo I Año 2015.
Procédase la EJECUCIÓN de la presente .....