En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO:PROCEDENTE la solicitud de Divorcio de mutuo consentimiento formulada por los ciudadanosROBERT SNEY FUNES RODRIGUEZ Y MARIA JOSE ARIAS PEREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cedula de identidad Nº V.-25.953.991 y V.-25.953.654, respectivamente, asistidos por el abogado RAMON LEON CAMPOS, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 308.255.-
SEGUNDO: DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unía, el cual fue contraído por anteel REGISTRO CIVIL DE LA PARROQUIA ALFREDO PACHECO MIRANDA, municipio Santiago Mariño del estado Aragua, acta Nº10, Año 2016.-
Notifíquese a las partes. Asimismo, procédase la Ejecución.....