DISPOSITIVO
En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: PROCEDENTE, la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO formulada por el ciudadano CARLOS BELTRAN MARIN HURTADO, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V.-12.994.732, contra la ciudadana GEORGETTE LUISA PESCHIUTTA SALMASO, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-15.181.679
Segundo: En consecuencia del particular anterior se DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía, contraído por ante la oficina del Registro Civil del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, en fecha 28 de Septiembre del año 2022, según consta en Acta de Matrimonio Nº 099.....