DISPOSITIVO
En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE, la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO formulada por la Ciudadana YAMILET MARGARITA GONZÁLEZ DE MORENO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.146.941, contra el Ciudadano CARLOS VICENTE MORENO ANZOLA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.753.650.
SEGUNDO: En consecuencia del particular anterior se DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía, contraído en fecha 30 de Junio de 1995 por ante el Registro del Municipio Mario Briceño Iragorry del estado Aragua, Acta Nº 217, Folio 40, Tomo B, Año 1995.
Publíquese, Regí.....