DISPOSITIVO
En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero:PROCEDENTE, la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, formulada por la Ciudadana YENNY DEL CARMEN ARRIETA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.039.754; contra el ciudadano KROSBI JOSE MANUEL DE LA ROSA APONTE, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.952.306.
Segundo: En consecuencia del particular anterior se DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, en fecha 23 de mayo de 2002,Acta Nº 133, Tomo 2, del año 2002.
Publíquese, Regístrese, Not.....