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D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, adminiculado a la Sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 02 de junio de 2015, Exp Nro 693 y la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de Justicia y Paz Comunal en su Artículo 8° numeral 8, presentada personalmente por los ciudadanos al ciudadano LIGIA MARÍA HERNÁNDEZ DE BRITO y CARLOS OCTAVIO BRITO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-10.278.831 y V-8.680.286, correos electrónicos: ligiamh123@gmail.com y angelybrito99@gmail.com, números telefónicos: 0414-3182246 y 0414-3800125, respectivamente, debidamente.....