D I S P O S I T I V O
Por las razones de hecho y derecho antes expuestas, este Tribunal Primero De Municipio Ordinario y Ejecutor De Medidas De Los Municipios Sucre y José Ángel Lamas De La Circunscripción Judicial Del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, presentada personalmente por la ciudadana ANGELICA BEATRIZ AGUILERA SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro V-13.087.737, respetivamente; asistida por la abogada GISELLE CHEDIAK, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro 125.956; con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil, en concordancia con la sentencia Nº446.2014 de fecha 15 mayo de 2014, emanada del la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia manifestando que desde hace más de cinco (5) años se encuentra separado de su cónyuge, ciudadano CARLOS JOSE FIGUEROA TOVAR, venezolano, mayor d.....