-III-
DISPOSITIVO
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio conforme al Artículo 185-A del Código Civil, en concordancia con la Sentencia N° 1070, dictada por La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 09 de Diciembre de 2016, presentado por la ciudadana, YURAIMA COROMOTO PEREIRA DE HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula Nro. V-4.224.929, representada por la abogada JOHANA DIAZ, titular de la Cédula de identidad número V-17.367.891, inscrita en el Inpreabogado bajo en número 127.732, en contra del ciudadano NESTOR RAFAEL MORA FARIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.251.540. En consecuencia, se DECLARA.....