DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de Reposición de causa, interpuesta por el ciudadano NERIO JESUS CHACON ALVIAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V- 3.431.135. SEGUNDO: CON LUGAR la pretensión de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO OPCIÓN DE COMPRAVENTA, interpuesta por SOCIEDAD MERCANTIL FABRICA DE BUTACAS Y HERRERIA FABUHECA, C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, bajo el Numero 12, Tomo 36-A, de fecha 12 de Marzo de 2008, representada por la ciudadana MALLESKA JOSE VARELA DE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.9.....