D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio por Desafecto, presentado por el ciudadano CHRISTOPHER DAVID MULLER ROJAS, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: V-27.568.430, de este domicilio, con correo electrónico: cdmuller@gmail.com y número telefónico: 0424-346.59.31 contra la ciudadana WENDY ANDREINA RAMIREZ NAVAS, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº:V-25.920.393, de este domicilio, con correo electrónico: wendyram97@gmail.com y número telefónico: 0424-784.14.39. En consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL que contrajeron ante el Registro Civil del Municipio Sucre, Cagua del Estado.....