; El Tribunal, una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por los mencionados ciudadanos y evacuadas por ante este mismo Tribunal, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos, MIRIAM CARLINA CASTILLO DE CAVALLONE, COINTA JACINTA CASTILLO PONCE, ADRIAN ANTONIO RIVERO PONCE, JACOB SEIR CASTILLO PONCE, ROSANNA JEORANA RIVERO PONCE, URIAN SALVADORA RIVERO PONCE, FLORANGEL JAQUELINE RIVERO PONCE, CELENE DIALIESMIR RIVERO PONCE, YAJIRA MARILIN TORREALBA PONCE y CARMEN ROSA TORREALBA PONCE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-4.138.736, V-4.138.733, V-8.157.840, V-,4.138.735, V-10.457.731, V-7.229.073, V-10.753.....