D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO (falta de afecto) presentada por la ciudadana LUISA MERCEDES PEÑA VERA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-18.608.544, contra al ciudadano, WILLIAMS JOSE LAFFONT OLMEDOY, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad número V-14.683.282 y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día once (11) de Julio del año dos mil trece (2013), por ante el Registro Civil del Municipio José Félix Ribas del estado Aragua, según consta de acta de matrimonio signada con el número 164, folio 164, tomo 01, del año 2013, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil Venezolano, concat.....