D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la
Circunscripción Judicial del estado Aragua, a los fines de dictar
sentencia considera previo de un minucioso análisis de las actas procesales que rielan en el presente expediente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por
autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento, formulada por los ciudadanos YULAY ALEXMY VERENZUELA GONZALEZ Y JOSÉ LUIS GALINDEZ OROPEZA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.122.502 y V-10.362.142 respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día trece (13) de diciembre del año mil novecientos noventa (1990), por ante la Prefectura del Municipio Bolívar del estado Aragua (hoy Registro Civil del Municipio Bolívar, San Mateo, del estado Aragua), .....