D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la
Circunscripción Judicial del estado Aragua, a los fines de dictar sentencia considera previo de un minucioso análisis de las actas procesales que rielan en el presente expediente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por
autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento, formulada por los ciudadanos CARLOS VLADIMIR DIAZ SALAZAR venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.488.316, y la ciudadana: ANA GAUDY APONTE ARIAS, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 189.333, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana AZALIA CAROLINA SEGOVIA DE DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.670.439, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día treinta (30) de abril del añ.....