D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento formulada por los ciudadanos OSCAR RAFAEL RUIZ VILLARROEL y MARILU ORTIZ DE RUIZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-10.364.049 y V-10.362.402, respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día catorce (14) de noviembre del año mil novecientos noventa y dos (1992), por ante el Registro Civil de la Parroquia Zuata, Municipio José Félix Ribas del estado Aragua, según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio bajo el número 045, tomo 01, folios 101-102-103 del año 1992.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada .....