D E C I S I 0 N
Por todo lo antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del
Estado Aragua, a los fines de dictar sentencia considera previo de un minucioso análisis de las actas procesales que rielan en el presente expediente, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad
de la ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de
Divorcio 185-A del Código Civil Venezolano, formulado de mutuo acuerdo por los ciudadanos: RAMON ALEXANDER NIEVES MONTEZUMA y DEISY JOSEFINA SALAZAR DE NIEVES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.818.447 y V-6.961.942 respectivamente, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía, por ante el Registro Civil del Municipio
José Rafael Revenga, El Consejo estado Aragua, según consta del Acta asentada en los libros de Matrimonios, signada co.....