D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO (falta de afecto) presentado por el ciudadano JUAN VICENTE PEREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-7.988.580, contra la ciudadana OMAIRA MARGARITA ANDRADE CAMPOS, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad número V-12.122.628 y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día 18 de diciembre del año 1992, por ante el Registro Civil del Municipio Bolívar, San Mateo del estado Aragua, según consta de acta de matrimonio signada con el número 046, folio 134 vto. 135 y 136 del año 1992, con fundamento en el.....