D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la
Circunscripción Judicial del estado Aragua, a los fines de dictar sentencia considera previo de un minucioso análisis de las actas procesales que rielan en el presente expediente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento, formulada por los ciudadanos MARY LUZ MARTÍNEZ CARUCI Y JAVIER SALVADOR MARTÍNEZ LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.179.405 y V-13.553.699 respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día ocho (08) de junio del año dos mil dieciocho (2018), por ante el Registro Civil del Municipio Sucre del estado Aragua, según se evidencia de copia certificada bajo el acta Nº 117, Tomo I, folio 177, de.....