D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento formulada por los ciudadanos YORAIMA JOSEFINA SANTANA OROPEZA y PASTOR EDUARDO SEPULVEDA PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad números V-12.121.813 y V-8.990.698 respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día veintitrés (23) de diciembre del año mil novecientos noventa y siete (1997), por ante el Registro Civil del Municipio José Rafael Revenga, El Consejo del Estado Aragua, según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio bajo el Nº 195, folio 135, tomo II del año 1997.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada par.....