D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento formulada por los ciudadanos DORIAGNI YUSMAIRE FIGUEROA SANCHEZ y JESUS JOSE MUÑOZ PEREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-21.025.331 y V-17.141.996 respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día veintitrés (23) de mayo del año dos mil catorce (2014), por ante el Registro Civil del Municipio Bolívar del estado Aragua, según se evidencia de copia certificada bajo el acta Nº 057, folio 30 del año 2014.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho de.....