D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento formulada por los ciudadanos DULLESSY VIOLETA GALINDEZ PEREZ y JOSE DEL CARMEN SILVA LINARES, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-12.481.670 y V-12.610.765 respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día veintinueve (29) de Mayo del año dos mil seis (2006), por ante el Registro Civil del Municipio Bolívar del estado Aragua, según se evidencia de copia certificada bajo el acta Nº 092, folios 183 y 184 vto. del año 2006.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Dada, sellada y firmada en la Sal.....