D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la
Circunscripción Judicial del estado Aragua, a los fines de dictar sentencia considera previo de un minucioso análisis de las actas procesales que rielan en el presente expediente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento, formulada por los ciudadanos BELKIS JACINTA ZAPATA APONTE Y LUIS ENRIQUE HIDALGO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.752.603 y V-5.224.202 respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día diecisiete (17) de Julio del año dos mil (2000), por ante el Registro Civil del Municipio Bolívar, San Mateo del estado Aragua, según se evidencia de copia certificada bajo el acta Nº 129, Folio 057 y 058, de.....