D E C I S I O N
Por todo lo antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los fines de dictar sentencia considera previo de un minucioso análisis de las actas procesales que rielan en el presente expediente, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil Venezolano, presentada por los ciudadanos: EVELYNA ISABEL ROMAN HIDALGO y ANDRES ENRIQUE TERAN OROPEZA , venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-19.032.264 y V-17.576.302, respectivamente, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los unía, por ante la Junta Parroquial Saman de Guere del estado Aragua, hoy Registro Civil del Municipio Santiago Mariño del estado Aragua, según consta del Acta asentada en los libros de Matrimonios, signad.....