D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, a los fines de dictar sentencia, considera previo de un minucioso análisis de las actas procesales que rielan en el presente expediente, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil Venezolano, formulada por los ciudadanos: NANCY TERESA ESCALONA MORENO y AQUILES IGNACIO TORREALBA YANEZ, venezolanos, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.412.267 y V-11.184.323, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los unió, por ante la Prefectura del Municipio Bolívar del estado Aragua, según consta del Acta asentada en los libros de Matrimonios llevados por ante ese despacho signada con el Nº 031, Folios 061 y 062, del Año 1994..
Publíquese, regístrese y déjese cop.....