Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la Solicitud de Divorcio, presentada por los Ciudadanos: JOE RICHARD RONDON LOPEZ Y MARIA TERESA FRANCO ESCORCHA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nros. V-8.820.721 y V-11.152.588, respectivamente, En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el Vinculo Conyugal que los une, contraído en fecha: veintitrés (23) de noviembre del mil novecientos noventa y cinco (1.995), por ante el Registro Civil del municipio San Diego, Estado Carabobo, como se evidencia del acta que se encuentra inserta bajo el Nº 162, tomo I, del año 1.995, en los libros respectivos, en los términos expuestos en la presente solicitud, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Novísima.....