D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, presentada por los Ciudadanos: SILVIA MILAGROS CARIAS DE DIAZ y OSWALDO JOSE DIAZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cedula de identidad Nros. V-8.829.734 y V-8.581.888 respectivamente, identificados en autos. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el Vinculo Conyugal que los une, contraído en fecha: Veintitres (23) de Agosto del año Dos Mil Uno (2001), por ante el Registro Civil del Municipio Zamora del Estado Aragua, como se evidencia del acta que se encuentra inserta bajo el Nº 141, del año 2001, en los libros respectivos, en los términos expuestos en la presente solicitud, en conformidad con lo di.....