D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, presentada por los Ciudadanos: WILMER YSMAEL CABALLERO GRANADA y ANGELICA MARÍA SALCEDO PÉREZ, identificados en autos.
En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el Vinculo Conyugal que los une, contraído en fecha: 19 de febrero de 1.999, por ante el Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Girardot del Estado Aragua, según se evidencia en el Acta de Matrimonio, la cual se encuentra inserta bajo el Acta bajo el Nº 113, Tomo 1, en los libros respectivos del año: 1.999, en los términos expuestos en la presente solicitud, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Novísima Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de la Just.....