Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: EL DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN por pérdida del interés procesal en la demanda por: ACCIÓN REIVINDICATORIA, presentado, por la ciudadana: NILDA JOSEFINA TARAZON, venezolana y titular de la cedula de identidad N° Nos V.- 3.843.807, asistida por la abogada: DALILA GOMES inpreabogado Nº 128.331, en contra de la ciudadana: ULISES LILIBETH HIDALGO ARAUJO, venezolana y titular de la cedula de identidad N° V.- 11.051.775. Y como consecuencia de ello, se da por terminado el presente procedimiento, se ordena el cierre y archivo del expediente, una vez transcurra el lapso de ley. Cúmplase.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Eje.....