Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, presentada por los Ciudadanos: DAISY JOSEFINA GUZMAN y JOSÉ BENITO PAREDES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedula de identidad Nos V.- 8.821.170 y V.- 7.291.532. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el Vinculo Conyugal que los une, contraído en fecha: 26 de enero de 1.986, como se evidencia del acta que se encuentra inserta bajo el Nº 16, , llevados por ante el Registro Civil del Municipio Zamora del Estado Aragua, en los términos expuestos en la presente solicitud, de conformidad con lo dispuesto en la Sentencia N° 1710, dictada por la Sala Constitucional en sentencia de fecha 18 de Diciembre de 2015 concatenado con el artículo 8 numeral 8 de d.....