En consecuencia, tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio San Sebastián de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN de la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, acordada por la ciudadana IRIS GUILLERMINA ORTIZ FLORES, venezolana, mayor de edad, de Ocupación Vendedora, titular de la cédula de identidad Nº V-11.927.998, y el ciudadano MAURYS ARGENIS PADRÓN LUNA, venezolano, mayor de edad, de Ocupación Mecánico, titular de la cédula de identidad Nº V-11.118.480, en beneficio de su hija, por haber alcanzado esta la mayoridad, no encontrarse en la excepción de discapacidad y que ya no cuenta con la edad para solicitar la extensión por estudio