Por las razones y motivos anteriormente expuestos este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE EL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD, ejercido por la ciudadana MARLENE JOSEFINA FERNANDEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.282.489, contra el auto s/n de fecha 26 de Febrero de 2014, Inspectoría del Trabajo de los Municipios Atanasio Girardot, Costa de Oro, Mario Briceño Iragorry, Linares Alcántara, Libertador y Mariño del Estado Aragua. Así se decide.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a los Veinticuatro (24) días del mes de Septiembre de D.....