PARTE DISPOSITIVA
Este Tribunal Primero de Control de la Sección Penal de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 578 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, decide en los siguientes términos: Luego de haber oído lo manifestado por la imputada XXXXX éste Juzgador se siente complacido de que se haya incorporado a la reinserción social de manera propia y espontánea, que esté estudiando y trabajando dirigido a la manutención de su hija, sin embargo estamos frente a un estado de derecho; la ciudadana hizo uso de la institución de admisión de los hechos establecido en el articulo 583 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y es por lo que éste Tribunal pasa a dictar la dispositiva en la presente causa. Por lo antes expuesto éste .....