PARTE DISPOSITIVA
Este Tribunal Primero de Control de la Sección Penal de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 578 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, decide en los siguientes términos: PRIMERO: Se admite la totalidad de la acusación fiscal, presentada por el Ministerio Público, contra el adolescente xxxxx, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad, Nº V-19.123.755, residenciado en Urbanización Montaña Fresca, Sector Los Laureles, Calle Sinaruco, Casa Nº L-27, Maracay, Estado Aragua, por la comisión de los delitos de LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 413 y 218 ambos del Código Penal Vigente, asimismo, se admiten las pruebas presentadas por la representación del Ministerio Público, por ser útiles, necesar.....