DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en funciones de Segundo de Control de la Sección de Responsabilidad Penal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el Artículo 561 literal d) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, concatenado con el Artículo 48 ordinal 1°, 108 ordinal 7°, 318 ordinal 3° todos del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el Artículo 103 del Código Penal, y por aplicación Supletoria del Artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA signada con el N° 2CA-219-02, seguida en contra del entonces adolescente: XXXXXXXXXXXXXXXX. En consecuencia se ordena la remisión de las actuaciones al Archivo Judicial Central del Estado Aragua, a los fines de su archivo definitivo. Notifíquese a las.....