este Tribunal Primero de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ACUERDA: Autorizar a la Jefe del Centro de Medidas Preventivas y Cautelares "Simón Bolívar", a los fines de que los profesores de la U.E.P. EL PRECURSOR, puedan aplicarle dentro de la entidad de atención y con las seguridades del caso, las pruebas correspondientes al segundo lapso del presente año escolar, al adolescente XXXXXXXXX, tomando las medidas convenientes, a los fines de que el resto de la población de adolescentes recluidos, no se sientan marginados de la asistencia educativa, a la que tienen derecho. Notifíquese a las partes. Ofíciese. Cúmplase.