DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Unipersonal Primero de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de declara CULPABLE Y RESPONSABLE PENALMENTE al ciudadano: XXXXXXXXXXXXXX por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL HURTO O ROBO, previsto en los artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculo Automotor, y al adolescente XXXXXXXXXXXX por el delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL HURTO O ROBO, previsto en los artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculo Automotor y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano JOSÉ LEONIDAS PADRINO RODRÍGUEZ, y sanciona al adolescente XXXXXXXXXXXXXX cumplir con las medidas de LIBERTAD ASISTIDA, REGLAS DE CONDUCTA, y SERVICIOS A.....