DISPOSITIVA
En razón de lo antes expuesto, este Juzgado en Función de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confieren los artículos 645, 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, emite lo siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA el CESE de la medida PRIVACION DE LIBERTAD, en virtud del cumplimiento total de la misma por parte del ciudadano ABEL MOISES AGUANA QUIARO, quien se encuentra actualmente recluido en el Centro de Medidas Privativas de Libertad Simón Rodríguez" (SAPANNA), por lo que se ordena librar la respectiva BOLETA DE LIBERTAD, en su favor, por la comisión del delito ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIDAD Y AGAVILLAMIENTO previsto en el artículo 458 y 84.3 del código penal. Haciendo mención que el mismo SE HARA EFECTIVA EL DÍA LUNES CATORCE (14) DE .....