DISPOSITIVA
En razón de lo antes expuesto, este Juzgado en Función de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confieren los artículos 645, 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, emite lo siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA el CESE de la medida PRIVACION DE LIBERTAD, en virtud del cumplimiento total de la misma por parte del ciudadano F.A.A.L. (IDENTIDAD OMITIDA), venezolano, natural de Maracay, estado Aragua, titular de la cedula de identidad N° 28.207.475, nacido en fecha 21/11/00, de 17 años de edad, soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en la calle Ricaurte, casa Nª 7, Centro de Maracay, estado Aragua, quien se encuentra actualmente recluido en el Centro de Medidas Cautelares "Simón Bolívar" (SAPANNA), por lo que se ordena librar la respectiva.....