PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por la parte accionante, en contra de la decisión definitiva dictada en fecha 01/06/2006, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, y en consecuencia SE REVOCA, la anterior decisión. SEGUNDO: SIN LUGAR LA DEFENSA DE PRESCRIPCIÓN. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, interpuesta por la ciudadana CINTYA MORAIMA CASTILLO OVIEDO, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.913.415, contra la COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELEFONOS DE VENEZUELA (CANTV), inscrita ante el Registro Mercantil que llevaba el Juzgado de Comercio del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 20-06-1930, bajo el N° 76, Tomo 119-A. CUARTO: CON LUGAR la solicitud de Jubilación Especial, en los términos establecidos en la motiva de la presente decisión. QUINTO: SE ORDENA la devolución por parte de la accio.....