DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la parte demandada. SE CONFIRMA en todas y cada una de sus partes el auto dictado el 03 de Abril de 2006 por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.