SEGUNDO: De acuerdo a lo antes expuesto se concluye lo siguiente a) El monto adeudado al trabajador por concepto de las pensiones de jubilación indexada es la cantidad de OCHENTA Y DOS MILLONES CIENTO SESENTA Y TRES TRESCIENTOS VEINTISIETE MIL BOLIVARES CON 07/CTS (Bs. 82.163.327,07 ; b) La cantidad que recibió el trabajador que es la suma de Cuarenta Millones Ochocientos Mil bolívares (Bs. 40.800.000,oo) al ser indexado arrojo la suma de CIENTO CINCUENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS BOLIVARES CON 23/CTS (BS. 157.962.386,23) c) Al ser compensadas ambas cantidades da como resultado que el ciudadano OSMO PEREZ, ya identificado, le ADEUDA a la COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA , C.A. (CANTV), la cantidad de SETENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CINCUENTA Y NUEVE BOLIVARES CON 16 CTS (Bs. 75.799.059,16).-