Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de Cobro de Prestaciones Sociales y demás beneficios laborales que le correspondan a la Trabajadora DARLENE ALBERTINA TINEO, contra UNIDAD EDUCATIVA NUESTRA SEÑORA DE LAS NIEVES, en consecuencia se condena a la demanda a pagar:
1.- La diferencia que resulte entre el cálculo de Prestaciones Sociales por el lapso de servicio de la trabajadora desde el 9 de enero de 1994 hasta el 01 de enero de 2000, calculadas sobre la base de un salario integral de 6.875,00. y lo que se le haya abonado en concepto de prestaciones sociales, tomando como referencia las documentales que aparecen en los folios 157 al 160. No se tomaran en cuenta las documentales de los folios 14 al 16, debido a que no aparecen firmadas por la trabajadora. El presente cálc.....