DECISION:
En virtud de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara, SIN LUGAR la demanda que por Diferencia de Prestaciones Sociales y otros conceptos, intentare la ciudadana ADA GEORGINA ILLESCAS SANCHEZ contra la entidad bancaria CORP BANCA, C.A.:
No hay condenatoria en Costas en virtud de que la trabajadora devenga menos de tres salarios mínimos.
En vista de que la decisión se produjo fuera del lapso por cuanto había otro número de causas para decidir y varias audiencias en ese período, se ordena notificar a las partes conforme lo establece el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 233 ejusdem. Líbrese boletas y de no haber constituido domicilio procesal las partes conforme al artículo 174 se librara cartel de notificación.
Comuníquese, regístrese, .....