Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua, en vista de que la mediación ha sido positiva, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dejándose establecido que el trabajador recibió a su entera y cabal satisfacción, en fecha 23 de julio de 2014, la cantidad de SEISCIENTOS TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 630.000,00), tal y como se señala en la presente acta, y asimismo el día de hoy 04 de noviembre de 2014, recibe cheque por la cantidad de SETENTA MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs. 70.000,00), supra identificados, en los términos como las partes lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada y por cuanto no quedan pagos pendientes por parte de la empresa demandada, y el trabajador recibe a su entera y cabal satisfacción los pagos, expone que nada tiene que reclamar a la p.....