Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua,, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: La extinción del procedimiento de jurisdicción voluntaria por pérdida de interés procesal del oferente, en la Oferta Real de Pago presentada por PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE ARAGUA, a favor del ciudadano LUIS ANTONIO HERNANDEZ GARCIA, titular de la cedula de identidad Nro. V-21.725.040. SEGUNDO: Se ordena la notificación de la Procuraduría General del Estado Aragua, de conformidad con lo establecido en el artículo 109 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo. CUARTO: Una vez que conste en autos la notificación de la Procuraduría .....