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Decisiones del dia 15/05/2007

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Paginas 1 2 Sig [Total de sentencias: 11] Página 1 de 2
N° Expediente : DP11-L-2007-000109 N° Sentencia : DP11-L-2007-000109 Fecha: 15/05/2007
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
ISAAC NARANJO - SERENOS BOCONO
Resumen:
Este Tribunal deja expresa constancia que dicha acta es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes sin constreñimiento alguno, y en virtud de que dicho acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público y ha sido la conclusión de un proceso de Mediación y Conciliación dirigido por este Tribunal, se imparte en este acto la HOMOLOGACION JUDICIAL de conformidad con lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dándole efecto de cosa juzgada y se ordenará el cierre y archivo del expediente una vez se efectué el pago acordado. Finalmente la ciudadana Juez, dió la lectura íntegra de la presente acta quedando así los asistentes debidamente notificados de su contenido. Dándose por cerrado el acto a las 2:50 a.m. de hoy 15 de mayo de 2007. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman. LA JUEZ DRA. MARIA ELENA BRAVO RICO. .....
Juez/Ponente:
María Elena Bravo Rico
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
arriba

N° Expediente : DP11-L-2006-001365 N° Sentencia : DP11-L-2006-001365 Fecha: 15/05/2007
Procedimiento:
Enfermedad Profesional
Partes:
ORLANDO LINARES- SAVIRAM C.A.
Resumen:
Este Tribunal visto el acuerdo alcanzado entre las partes en el día de hoy, declara concluida la Audiencia Preliminar y deja expresa constancia que dicho acuerdo es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes sin constreñimiento alguno, y en virtud de que dicho acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, se imparte en este acto la HOMOLOGACION JUDICIAL al acuerdo alcanzado entre las partes de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dándole efecto de cosa juzgada. Se ordenará el cierre y archivo del expediente, una vez se efectué el pago acordado. LA JUEZ DRA. MARIA ELENA BRAVO RICO. EL SECRETARIO, Abg. DAVID COLMANARES
Juez/Ponente:
María Elena Bravo Rico
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente : DP11-L-2005-000225 N° Sentencia : DP11-L-2005-000225 Fecha: 15/05/2007
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
LUISA ANDREU DE LEZAMA - ALCALDIA DEL MUNICIPIO SUCRE
Resumen:
Determinado lo anterior y revisadas como han sido las actas que conforman la presente causa, se observa que desde el día 24 de octubre de 2005, hasta el día de hoy, 7 de diciembre de 2006, en la presente causa no constan actos de procedimiento alguno ni de las partes, ni de este Tribunal, por lo que ha transcurrido en exceso el tiempo de un año a que se refiere el Articulo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Como puede evidenciarse, la regla general, en materia de perención, expresa que el sólo transcurso del tiempo, sin que las partes hubiesen realizado actuaciones que demuestren su propósito de mantener el necesario impulso procesal, origina la perención y se verifica de pleno derecho y puede declararse de oficio. Igualmente, se aprecia que en el caso de autos no se vulnera ninguna norma de orden público con la aplicación de la indicada disposición, por lo cual, habiendo transcurrido con creces el lapso previsto en la misma, es forzoso declarar que se ha consumado la per.....
Juez/Ponente:
María Elena Bravo Rico
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
arriba

N° Expediente : DP11-L-2005-000331 N° Sentencia : DP11-L-2005-000331 Fecha: 15/05/2007
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
JORGE LUIS ALMEIDA - PROVEDORES DE ALIMENTOS VINCENZO INBINBO
Resumen:
Determinado lo anterior y revisadas como han sido las actas que conforman la presente causa, se observa que desde el día 14 de Junio de 2005, hasta el día de hoy, 15 de Mayo de 2007, en la presente causa no constan actos de procedimiento alguno ni de las partes, ni de este Tribunal, por lo que ha transcurrido en exceso el tiempo de un año a que se refiere el Articulo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Como puede evidenciarse, la regla general, en materia de perención, expresa que el sólo transcurso del tiempo, sin que las partes hubiesen realizado actuaciones que demuestren su propósito de mantener el necesario impulso procesal, origina la perención y se verifica de pleno derecho y puede declararse de oficio. Igualmente, se aprecia que en el caso de autos no se vulnera ninguna norma de orden público con la aplicación de la indicada disposición, por lo cual, habiendo transcurrido con creces el lapso previsto en la misma, es forzoso declarar que se ha consumado la perención......
Juez/Ponente:
María Elena Bravo Rico
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
arriba

N° Expediente : DP11-L-2005-000104 N° Sentencia : DP11-L-2005-000104 Fecha: 15/05/2007
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
NELCIDA DEL CARMEN COLINA - GRANJA FLOR DE PORTUGAL
Resumen:
Determinado lo anterior y revisadas como han sido las actas que conforman la presente causa, se observa que desde el día 24 de Enero de 2006, hasta el día de hoy, 15 de Mayo de 2007, en la presente causa no constan actos de procedimiento alguno ni de las partes, ni de este Tribunal, por lo que ha transcurrido en exceso el tiempo de un año a que se refiere el Articulo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Como puede evidenciarse, la regla general, en materia de perención, expresa que el sólo transcurso del tiempo, sin que las partes hubiesen realizado actuaciones que demuestren su propósito de mantener el necesario impulso procesal, origina la perención y se verifica de pleno derecho y puede declararse de oficio. Igualmente, se aprecia que en el caso de autos no se vulnera ninguna norma de orden público con la aplicación de la indicada disposición, por lo cual, habiendo transcurrido con creces el lapso previsto en la misma, es forzoso declarar que se ha consumado la perención......
Juez/Ponente:
María Elena Bravo Rico
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente : DP11-L-2005-001056 N° Sentencia : DP11-L-2005-001056 Fecha: 15/05/2007
Procedimiento:
Enfermedad Profesional
Partes:
JULIO CESAR LICON - GRANJA LA CARIDAD C.A. GRALACA
Resumen:
Determinado lo anterior y revisadas como han sido las actas que conforman la presente causa, se observa que desde el día 14 de Noviembre de 2005, hasta el día de hoy, 15 de Mayo de 2007, en la presente causa no constan actos de procedimiento alguno ni de las partes, ni de este Tribunal, por lo que ha transcurrido en exceso el tiempo de un año a que se refiere el Articulo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Como puede evidenciarse, la regla general, en materia de perención, expresa que el sólo transcurso del tiempo, sin que las partes hubiesen realizado actuaciones que demuestren su propósito de mantener el necesario impulso procesal, origina la perención y se verifica de pleno derecho y puede declararse de oficio. Igualmente, se aprecia que en el caso de autos no se vulnera ninguna norma de orden público con la aplicación de la indicada disposición, por lo cual, habiendo transcurrido con creces el lapso previsto en la misma, es forzoso declarar que se ha consumado la perenc.....
Juez/Ponente:
María Elena Bravo Rico
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
arriba

N° Expediente : DP11-L-2005-000484 N° Sentencia : DP11-L-2005-000484 Fecha: 15/05/2007
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
EDGAR ALEXANDER ACOSTA - SAINCA CONSULTORES C.A.
Resumen:
Determinado lo anterior y revisadas como han sido las actas que conforman la presente causa, se observa que desde el día 11 de Mayo de 2005, hasta el día de hoy, 15 de Mayo de 2007, en la presente causa no constan actos de procedimiento alguno ni de las partes, ni de este Tribunal, por lo que ha transcurrido en exceso el tiempo de un año a que se refiere el Articulo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Como puede evidenciarse, la regla general, en materia de perención, expresa que el sólo transcurso del tiempo, sin que las partes hubiesen realizado actuaciones que demuestren su propósito de mantener el necesario impulso procesal, origina la perención y se verifica de pleno derecho y puede declararse de oficio. Igualmente, se aprecia que en el caso de autos no se vulnera ninguna norma de orden público con la aplicación de la indicada disposición, por lo cual, habiendo transcurrido con creces el lapso previsto en la misma, es forzoso declarar que se ha consumado la perención. .....
Juez/Ponente:
María Elena Bravo Rico
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente : DP11-L-2005-000558 N° Sentencia : DP11-L-2005-000558 Fecha: 15/05/2007
Procedimiento:
Diferencia De Prestaciones Sociales
Partes:
ALI RODRIGUEZ Y FRANCISCO ARREAZA - VENTUARI METAL C.A.
Resumen:
Por otra parte quiere señalar este despacho, que el actor no compareció ante este Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución a subsanar en manera alguna por lo que debe declara la INADMISIBILIDAD de la presente causa la presente calificación de despido intentada por los ciudadanos ALI RODRIGUEZ y FRANCISCO ARREAZA CONTRA VENTUARI METAL C.A., toda vez que La parte actora no subsanó en forma alguna, conforme al despacho saneador ordenado por este Tribunal. LA JUEZ, DRA. MARÍA ELENA BRAVO RICO EL SECRETARIO ABG. DAVID COLMENARES
Juez/Ponente:
María Elena Bravo Rico
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente : DP11-L-2005-000165 N° Sentencia : DP11-L-2005-000165 Fecha: 15/05/2007
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
NANCY TERESA MALDONADO- GLADYS AGUILAR VIUDA DE DOMIMGUEZ
Resumen:
Por otra parte quiere señalar este despacho, que el actor no compareció ante este Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución a subsanar en manera alguna por lo que debe declara la INADMISIBILIDAD de la presente causa la presente calificación de despido intentada por la ciudadana NANCY TERESA MALDONADO CONTRA GLADYS AGUILAR VIUDA DE DOMINGUEZ, toda vez que La parte actora no subsanó en forma alguna, conforme al despacho saneador ordenado por este Tribunal. LA JUEZ, DRA. MARÍA ELENA BRAVO RICO EL SECRETARIO ABG. DAVID COLMENARES
Juez/Ponente:
María Elena Bravo Rico
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente : DP11-L-2005-000383 N° Sentencia : DP11-L-2005-000383 Fecha: 15/05/2007
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
JOSE NELSON GOMEZ - AREPERA EL TRIUNFO
Resumen:
Determinado lo anterior y revisadas como han sido las actas que conforman la presente causa, se observa que desde el día 27 de Abril de 2005, hasta el día de hoy, 15 de Mayo de 2007, en la presente causa no constan actos de procedimiento alguno ni de las partes, ni de este Tribunal, por lo que ha transcurrido en exceso el tiempo de un año a que se refiere el Articulo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Como puede evidenciarse, la regla general, en materia de perención, expresa que el sólo transcurso del tiempo, sin que las partes hubiesen realizado actuaciones que demuestren su propósito de mantener el necesario impulso procesal, origina la perención y se verifica de pleno derecho y puede declararse de oficio. Igualmente, se aprecia que en el caso de autos no se vulnera ninguna norma de orden público con la aplicación de la indicada disposición, por lo cual, habiendo transcurrido con creces el lapso previsto en la misma, es forzoso declarar que se ha consumado la perención......
Juez/Ponente:
María Elena Bravo Rico
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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