SE DEJA EXPRESA CONSTANCIA DE LA INCOMPARECENCIA DE LA PARTE ACTORA la comparecencia de los apoderados de la parte demandada CARMEN PAEZ DE ABREU, titular de la cédula de identidad No. 4.307.112, asistida por la MARIA AUXILIADORA PICON OLIVARI abogada en ejercicio quienes comparecen asistiendo a la demandada presente y representa a la en representación de la empresa demandada. UNION DE CONDUCTOURES TURMERO MARACAY. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION una vez firme se ordena entregar las pruebas Dándose por cerrado el acto a las 3;30 p.m. Maracay a los 16 dias del mes de Febrero de 2009 Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.....