Se homologa el desistimiento presentado en diligencia suscrita por el Abogado HECTOR RANGEL CAMACHO, inscrito en el Inpreabogado Nro. 5723, en su carácter de Apoderado Judicial de la Parte Actora, de fecha 19 de marzo de 2007, mediante la cual DESISTE del procedimiento, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACAIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, en razón que dicho procedimiento no es contrario a derecho, ni viola normas de orden público HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO y ordena el cierre y archivo del presente expediente, de conformidad con lo establecido en los Artículos 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil, por aplicación analógica del Artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-