Por todas las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por DISOLUCIÓN DE SINDICATO, intentara la Abogada DELIN MILIANI ESCUDERO, Inpreabogado 50.429, en su carácter de Apoderada Judicial de la entidad de trabajo denominada DART DE VENEZUELA, C.A., (Tupperware), inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 15 de septiembre de 1965, bajo el N° 91, Tomo 37-A y cuya denominación cambió, según documentos registrados en la mencionada oficina de registro en fecha 30 de junio de 1971, bajo el N° 25, Tomo 66-A, contra el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA DART DE VENEZUELA, C.A. (SINTREMDARTVE), registrada en fecha 23 de junio de 1978, bajo el N° 6.....